El servicio militar en la Constitución venezolana: ni militar, ni obligatorio

A pesar de que la Constitución reconoce la necesaria profesionalización de las Fuerzas Armadas, lo que debería incluir un servicio militar profesionalizado y debidamente remunerado, el legislador insiste en tener contingentes sin formación y utiliza la coerción para garantizarse la inscripción, la conscripción y el alistamiento de venezolanos ‘elegibles’ y ‘aptos’ para ser convertidos de la noche a la mañana en combatientes individuales. Sin dudas una posición estrictamente militarista, autoritaria y transpersonalista que choca con una Constitución que tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, y que impide supeditar el goce y disfrute de derechos fundamentales al cumplimiento de obligaciones militares. Con la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar (2009) no sólo se obvió el desarrollo legal del derecho-deber constitucional de prestación del servicio civil, que es una forma tan legítima e idónea como el servicio militar para ‘honrar y defender a la patria’, sino que con tal omisión se crea una situación de iniquidad y desigualdad ‘en’ la ley, discriminando sin causa a los ciudadanos que deseen realizar el servicio civil y en su caso la manifestación de la objeción de conciencia al servicio militar. Se patentiza una … Más

La jurisdicción constitucional venezolana como instrumento de control ilegítimo de la libertad de información: El caso “Globovisión”

En el ‘Caso Globovisión’ la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia venezolano ha disfrazando nuevamente la utilización salvaje y arbitraria del poder. Lejos de declarar la manifiesta inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, incurre en claro ‘abuso in iudicando’, al decidir no sólo más de lo que se le pide, sino utilizar aquellas consideraciones que no son parte del fallo (obiter dicta), para legitimar un régimen velado de censura previa y autocensura y así echarle el cerrojo a todo medio de comunicación independiente, criminalizar las expresiones críticas o disidentes contra el gobierno nacional e impedir la denuncia frente a la inseguridad, el desempleo, la inflación, la precariedad de los servicios públicos y convertir en delito cualquier comunicado, información u opinión, como causa eficiente para luego sancionar con la suspensión o la revocatoria de la habilitación administrativa por las opiniones o informaciones vertidas por terceros. Con este fallo se vulneran normas y estándares nacionales e internacionales sobre libertades informativas y se pretende hacer trascender la responsabilidad penal individual por actos u omisiones propios de personas naturales, a las personas jurídicas titulares de la concesión de explotación audiovisual, además de evidenciarse una Sala Constitucional que responde más … Más