Se analiza -a la luz de los principios de inmediación y concentración- la sentencia de la Sala Político-Administrativa 1177 del 24 de noviembre de 2010, mediante la cual se atribuyó a los Juzgados de Sustanciación en los Tribunales Colegiados Contencioso-administrativos, la evacuación de las pruebas en el procedimiento breve de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.