Las prerrogativas de la Administración en los contratos de las Administraciones Públicas son concebidas, en el artículo, como potestades legales de naturaleza reglada cuyo ejercicio debe cohonestarse con el respeto de los derechos fundamentales. Se concluye en este sentido que el ejercicio razonable, mensurado y proporcionado de los poderes administrativos al servicio objetivo del interés general es el gran desafío del moderno Derecho Administrativo