La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia nº 53 de 3 de febrero de 2009, declaró constitucional el proceso de “Enmienda Constitucional” de 2008-2009 que culminó con el referendo de 15 de febrero de 2009, mediante el cual se eliminó el principio constitucional “pétreo” de que el gobierno además de democrático y electivo debe ser siempre “alternativo”, confundiendo el principio de la “alternabilidad” con el principio “electivo”, estableciendo la posibilidad de la reelección continua e indefinida de cargos electivos, lo que incluso había sido rechazado expresamente por el pueblo en el referendo de diciembre de 2007 sobre la “Reforma constitucional” de 2007.