El derecho a la verdad judicial

El derecho a la verdad es objeto de un amplio pero prudente tratamiento por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Antes de que Vaclav Habel, gobernante checo, se pregunte –según cita de Peter Häberle- si ¿acaso es un sueño querer fundar al Estado sobre la verdad?, aquella decide sobre el derecho de los familiares de una víctima de violación a sus derechos humanos, desaparecida, de conocer su paradero y las circunstancias de su muerte por agentes del Estado. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a su turno, arguye que tal derecho a la verdad judicial es también parte del derecho colectivo a la información, al conocimiento por toda sociedad democrática de los períodos ominosos de su historia, que han de fijarse en la memoria nacional y para el castigo de los responsables de violaciones sistemáticas de derechos humanos. No obstante, media como riesgo que tras el derecho a la verdad surjan las verdades de Estado, que manipulan a la misma historia y dividen a las sociedades. Aún así, vale la afirmación de Häberle en cuanto a que la verdad es a la ciencia lo que la justicia es al Derecho.

Por Asdrúbal Aguiar