En este artículo se analiza la Ley Especial de Regularización Integral de la Tenencia de la Tierra de los Asentamientos Urbanos Populares, publicada en G.O. del 12 de julio de 2006. Como veremos, en el caso de los terrenos públicos los ocupantes reciben solo un título de adjudicación, mas no la propiedad, mientras que en los terrenos privados, aún cuando la Ley no lo establece expresamente, en principio pareciera que los ocupantes sí pueden recibir el derecho de propiedad si llenan determinados requisitos que establece la Ley, uno de los cuales es intentar una acción mero declarativa de prescripción cuando han ocupado el terreno por diez años. Por otra parte, la Ley consagra la propiedad colectiva, que puede ser familiar o comunitaria